A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Pulido Joya Jose Eustaquio·Demandado Departamento De Boyaca
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 4 Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá y el Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.
La controversia se inició respecto de una demanda ordinaria laboral interpuesta por un particular en contra del Departamento de Boyacá con el fin de que declarara la existencia de una relación laboral y el pago de prestaciones laborales derivadas de dicha relación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena aplicó la regla de decisión del Auto 492 de 2021 en el cual se indicó que, según lo establecido en el artículo 104 del CPACA, la Jurisdicción Contencioso Administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
En virtud de lo anterior se dispuso el envío del expediente al Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y les comunique esta decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 4 Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá y el Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad y DECLARAR que el Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito de Tunja, es la autoridad competente para conocer del proceso adelantado por José Eustaquio Pulido Joya en contra del Departamento de Boyacá.
- SEGUNDO. REMITIR por intermedio de la Secretaría General, el expediente CJU-2940 al Juzgado 5 Administrativo Oral del Circuito de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado 4 Laboral del Circuito de Tunja, Boyacá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.